Incentivos y deducciones

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Estar bien y gastar menos significa vivir mejor. Descubre cómo mejorar el confort de tu hogar gracias a incentivos y deducciones fiscales.
CAEs: preguntas y respuestas útiles

Toda la información útil sobre requisitos, actuaciones que aplican y cómo tramitarlo. 

¿Qué tipos de actuaciones pueden generar CAEs?

Las actuaciones que permiten obtener Certificados de Ahorro Energético se dividen en dos categorías: estandarizadas y singulares. Existen fichas técnicas específicas para cada tipo de actuación, organizadas según el sector (residencial, terciario e industrial) que recogen intervenciones como la sustitución de sistemas de iluminación, la mejora del aislamiento térmico o la modernización de equipos tanto domésticos como industriales. Es importante tener en cuenta que, dentro del sistema de CAEs, solo se considera el ahorro de energía final conseguido durante el primer año tras la intervención, y no el ahorro total estimado durante toda la vida útil de la mejora realizada. 

¿Son compatibles los CAEs con otras ayudas?

Sí, los Certificados de Ahorro Energético son compatibles con otras subvenciones, siempre que estas no provengan del Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE). También son totalmente compatibles con las deducciones fiscales aplicables en el territorio común. Además, recibir CAEs no reduce la base sobre la que se aplica dicha deducción fiscal. A diferencia de las subvenciones tradicionales, que cubren un porcentaje del importe invertido, los CAEs retribuyen el ahorro energético conseguido, independientemente del coste de la actuación. De hecho, en algunos casos, el incentivo económico obtenido por los CAEs puede superar el importe total de la inversión realizada. 

¿Cuál es el plazo para registrar un CAE?

La actuación debe haberse iniciado con posterioridad al 24 de enero de 2023, y existe un plazo de hasta 3 años desde su ejecución para registrar el CAE correspondiente. 

¿Se generan CAEs en obra nueva?

Los Certificados de Ahorro Energético solo se aplican cuando se sustituye un equipo existente por otro nuevo que reduzca el consumo de energía. No son válidos para instalaciones nuevas que no sustituyen a un sistema anterior. 

¿Cuánto se puede recibir por los CAEs?

El pago se sitúa entre 100 y 140 €/MWh/año: el usuario tiene garantizado un mínimo de 100 €/MWh/año, y el resto (hasta completar los 140 €/MWh/año) puede repartirse con el instalador, si este así lo decide. Como referencia: en una vivienda unifamiliar de 125 m², sustituir una caldera de gas natural con radiadores por un sistema de aerotermia de 10 kW puede generar un ahorro de energía que se traduce en un incentivo de entre 2.000 € y 2.800 €, según cómo se reparta el pago. 

¿Cuándo se recibe el ingreso de los CAEs?

El importe correspondiente al usuario se abona en un plazo máximo de 3 meses desde que toda la documentación necesaria queda subida y aprobada en la plataforma. 

Fiscalidad de los CAEs
  • Para particulares: el ingreso obtenido por la venta de ahorros energéticos a través del sistema CAE debe declararse en la renta como ganancia patrimonial. 
  • Para empresas: la compra de ahorros a particulares está sujeta al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP); las transacciones entre empresas generan IVA, al tratarse de una operación entre sujetos pasivos. 
¿La instalación de placas solares fotovoltáicas generan CAEs?

No, la instalación de placas solares no genera CAES. 

En España existen programas de ayuda tanto a nivel estatal como autonómico para quienes quieran mejorar la eficiencia energética de su vivienda. Cada comunidad autónoma gestiona además sus propias convocatorias, adaptadas a las necesidades de su territorio. 

Ayudas estatales

A nivel nacional existen incentivos fiscales como la reducción del IVA al 10% en obras de construcción o rehabilitación de viviendas, además de programas específicos de rehabilitación residencial y vivienda social enmarcados en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

Ayudas Autonómicas

Cada comunidad autónoma cuenta con sus propias líneas de ayuda: desde subvenciones para sustituir calderas de gasóleo por sistemas renovables, hasta bonificaciones del IBI por instalar energía solar. 

Ayudas estatales y autonómicas: preguntas y respuestas útiles

Información útil sobre los programas de ayuda vigentes y cómo acceder a ellos según tu comunidad.

¿Cuál es la diferencia entre las ayudas estatales y las autonómicas?

Las ayudas estatales están reguladas a nivel nacional, normalmente dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), pero se tramitan a través de cada comunidad autónoma. Las ayudas autonómicas, en cambio, son programas propios de cada comunidad, que puede diseñarlos con sus propios objetivos: desde subvenciones para sustituir equipos de calefacción antiguos, hasta bonificaciones fiscales por instalar sistemas de energía renovable. Cada una tiene sus propias condiciones, importes y plazos, independientes de los programas estatales. 

¿Puedo combinar varias ayudas para la misma actuación?

En muchos casos sí, aunque cada programa tiene sus propias condiciones de compatibilidad. Antes de solicitar varias ayudas a la vez, revisa las bases de cada convocatoria para confirmar que son acumulables entre sí. 

¿Qué necesito antes de empezar a solicitar una ayuda?

Cada convocatoria tiene sus propios requisitos, pero lo habitual es necesitar presupuesto o factura de la actuación, certificado energético (antes y después, si aplica), y que la obra se realice a través de una empresa instaladora autorizada. Consulta siempre las bases específicas del programa que te interese.